CONDENA al ciudadano GERMÁN FUENTES JIMÉNEZ, antes identificado, a cumplir la pena de OCHO (08) MESES DE PRISIÓN, por la comisión del delito de VIOLENCIA FÍSICA, previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho a la Mujer a Una Vida Libre de Violencia, eximiéndolo del pago de las costas, y condenándolo al cumplimiento de las penas accesorias previstas en el artículo 66, numeral 3º de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. De igual manera, se acuerda dar cumplimiento al programa de orientación previsto en el artículo 67 ejusdem, durante el tiempo de condena, a los fines de promover cambios culturales e incentivarle valores de respeto e igualdad. Se exime al acusado de autos del pago de costas procesales, en atención a lo preceptuado en los artículos 26 y 254 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Se ordena la remisión del presente asunto a la URDD para que sea distribuido al Tribunal de Ejecución de.....