En merito de lo anterior, éste Juzgado Superior Séptimo de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
1. ADMITE Provisionalmente el presente Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial, conjuntamente con Acción de Amparo Cautelar y subsidiariamente Medida cautelar de suspensión de los efectos interpuesto por el Abogado RAFAEL FUGUET ALBA, inscrito en el Instituto de Presión Social del Abogado bajo el N° 23.129, actuando en su carácter de apoderado Judicial de la Sociedad Mercantil AITAMA RESTAURANTE, C.A., inscrita en el Registro Mercantil Quinto de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda en fecha 05 de diciembre de 2007, bajo el Nº 61, Tomo 1727-A, propietaria del Fondo de Comercio RESTAURANT BAR URRUTIA, interpone Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad, ejercido conjuntamente con Acción de Amparo Cautelar y Subsidiariamente solicitud de Suspensión de Efectos, contra el Acto .....