Visto el auto de abocamiento dictado por este Tribunal, en fecha veintinueve (29) de septiembre del dos mil diez (2010), y notificadas como se encuentran las partes del mismo; este Órgano Jurisdiccional, ordena realizar cómputo por Secretaría a los fines de determinar el lapso correspondiente para fijar la audiencia definitiva en la presente querella.
EL JUEZ
JOSÉ VALENTIN TORRES LA SECRETARIA
EGLYS FERNÁNDEZ
Quien suscribe EGLYS FERNÁNDEZ, Secretaria Titular del Tribunal Superior Octavo de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital con sede en Caracas, CERTIFICA: que desde el día veintisiete (27) de julio, hasta el día nueve (9) de agosto del dos mil diez (2010), ambos inclusive, transcurrieron nueve (9) días de despacho correspondientes al lapso de evacuación de pruebas. Y desde el quince (15) de diciembre, hasta el veintiuno (21) de diciembre del dos mil diez (2010), ambos inclusive, transcurrieron tres (3) días de despacho, previsto.....