DECISIÓN
Por las razones expuestas, esta Juzgadora Superior Primero en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: INADMISIBLE el recurso contencioso administrativo funcionarial, interpuesto por el abogado TOMÁS ANTONIO PÉREZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 45.397, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos JOSÉ GREGORIO MOLINA AGUILERA Y RICHARDS ALEXANDER SILVA, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad números 6.345.063 y 12.053.065, respectivamente, en contra de la COMANDANCIA GENERAL DE LA GUARDIA NACIONAL BOLIVARIANA, por inepta acumulación de pretensiones.
SEGUNDO: Que al lapso legalmente establecido para interponer las acciones que se consideren pertinentes en contra del acto recurrido, debe deducirsele el período transcurrido desde la fecha de interposición de la presente que.....