Por los razonamientos expuestos con anterioridad, esta CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO LARA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ADMITE el Recurso de Apelación interpuesto por la Abogada Cora del Carmen Méndez Marchena, Defensora Privada del ciudadano OSCAR EDUARDO DEL VALLE NARVÁEZ RIERA; contra la decisión dictada en fecha 23 de Enero de 2017, por el Tribunal Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en funciones de Control Nro. 01 de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual declaró sin lugar la solicitud de prescripción de la acción penal, realizada por la defensa pública del ciudadano OSCAR EDUARDO DEL VALLE NARVÁEZ RIERA, por la presunta comisión del delito de PRIVACIÓN ILEGITIMA DE LIBERTAD, previsto y sancionado en el artículo 174 del Código Penal. Regístrese y Publíquese.