CON LUGAR la demanda de Cobro de Bolívares (vía ordinaria) presentada por la representación judicial de la Sociedad mercantil CENTRO POLICLÍNICO VALENCIA, C.A., inscrita originalmente ante el Juzgado Primero de Primera Instancia Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en fecha 31 de mayo de 1968, bajo el N° 1, del Libro de Registro N° 66 y cuya última reforma consta en Acta de Asamblea inscrita en el Registro Mercantil Primero del Estado Carabobo en fecha 5 de agosto de 2021, bajo el N° 64, Tomo 42-A RM314, en contra del ciudadano ERNESTO RAFAEL PARRA GUARDIA, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad V-18.168.856.
SE ORDENA el cálculo y pago del interés legal por mora del tres por ciento (3%) anual, sobre la cantidad de ciento setenta mil ciento noventa y siete bolívares con treinta y nueve céntimos (Bs. 170.197,39), consistente en el monto adeudado de la factura H369014 y sobre la cantidad de veintinueve mil cuatrocientos tr.....