De conformidad con lo dispuesto en el artículo 291 del Código Orgánico Tributario se decreta MEDIDA EJECUTIVA DE EMBARGO sobre bienes pertenecientes a la demandada hasta cubrir la cantidad de TRESCIENTOS NUEVE MILLONES SETECIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL OCHOCIENTOS SESENTA BOLÍVARES EXACTOS (Bs.309.746.860,00), si la medida recayese sobre sumas líquidas de dinero efectivo y hasta por la cantidad de SEISCIENTOS DIECINUEVE MILLONES CUATROCIENTOS NOVENTA Y TRES MIL SETECIENTOS VEINTE BOLÍVARES EXACTOS (Bs. 619.493.720,00), si recayese sobre bienes propiedad de la demandada, más la cantidad de TREINTA MILLONES NOVECIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y SEIS BOLÍVARES EXACTOS (Bs.30.974.686,00), por concepto de costas y costos del proceso, calculadas por este Tribunal al diez por ciento (10%) de la obligación, conforme con lo dispuesto en el artículo 327 del Código Orgánico Tributario. Líbrese boleta de intimación y entréguese al Alguacil para que practique la intimación, con copia.....