DECISIÓN
Por las motivaciones que anteceden, este Juzgado Superior Tercero en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara INADMISIBLE, el Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial, interpuesto por el abogado JOSÉ DEL CARMEN BLANCO, titular de la cédula de identidad Nº V-2.692.645, e inscrito en el Inpreabogado Nº 26.495, actuando con el carácter de apoderado judicial de la ciudadana GISELA GARCÍA DE CANELON, titular de la cédula de identidad Nº V-4.844018, contra el acto administrativo contenido en el oficio Nº 0140-05 de fecha 01 de marzo de 2005, dictado por el MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y DEPORTES (HOY MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN Y DEPORTES).
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y NOTIFÍQUESE.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Tercero en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial .....