Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Cuarto en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO DE RECUSACIÓN, efectuado el abogado JOSE MIGUEL AZÓCAR, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 54.453, actuando en su carácter de apoderado judicial del ciudadano JOSE GREGORIO TINEO NOTTARO, titular de la cédula de identidad Nº V.- 3.887.660, quien actúa en sus propios derechos e intereses y en representación de los derechos e intereses de los ciudadanos MELBA ELIZABETH TINEO NOTTARO, MARÍA ALEXANDRA TINEO DE LOVERA y MELCHOR RAMÓN TINEO NOTTARO, titulares de la cédula de identidad Nros V.-3.887.430, V.-6.815.517, V.- 3.887.431, respectivamente, contra el ciudadano Jesús Belandria, titular de la cédula de identidad Nº V.- 5.014.836, en su carácter de experto designado por el Municipio Baruta del Estado Miranda y en consecuencia se acuerda fij.....