Por todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado Primero Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: Sin lugar el recurso de apelación de la parte actora, contra la sentencia del Juzgado Undécimo de Primera Instancia de Juicio de este Circuito Judicial, de fecha 14 de febrero de 2014, la cual queda confirmada, aunque con distinta motivación. SEGUNDO: Con lugar la falta de cualidad e interés del Sindicato actor para proponer la presente demanda, opuesta por el Sindicato codemandado, SINBOLTRASERPAPRO. TERCERO: Sin lugar la demanda por reclamación de reintegro de retenciones indebidas, interpuesto por el Sindicato Profesional de los Servicios de Custodia y Traslado de Valores del Distrito Federal y Estado Miranda (SINPROESCUTV), inscrito ante la Inspectoría del Trabajo en el Distrito Federal y Estado Mira.....