Este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Centro Norte, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, se declara:
1. INCOMPETENTE para conocer el recurso de nulidad conjuntamente con amparo cautelar interpuesto por los abogados JOSÉ LUIS MENDOZA, CARELIA JOSEFINA BOLÍVAR y FERNANDO JAVIER MARÍN, titulares de la cédula de identidad Nº V-7.065.170, V-18.553.967, respectivamente, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 122.012, 50.672 y 149.317, respectivamente, actuando con carácter de apoderados judiciales del MUNICIPIO VALENCIA DEL ESTADO CARABOBO, contra la Providencia Administrativa Nº 1838-2011, Expediente Nº 080-2011-06-00940, de fecha 23 de noviembre de 2011, emanada de la INSPECTORIA DEL TRABAJO DEL MUNICIPIO VALENCIA, PARROQUIAS SAN JOSÉ, CATEDRAL Y RAFAEL URDANETA Y DE LOS MUNICIPIOS NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DEL ESTADO CARABOBO......