En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado II en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, niega la entrega del vehículo Marca Chevrolet, Modelo Silverado LT4x4, clase camioneta, año 2009, tipo pick ¿ up doble cabina, color blanco, placa A48AP6A, serial de carrocería 8ZCEK23M39V331887, solicitado por el Abogado Antonio José Gutiérrez, actuando en representación procesal del ciudadano Kennisth Douglas Ramírez Gil, ut supra identificados, debido a que contra el mismo existe medida de incautación preventiva conforme a lo establecido en los artículos 7 y siguientes de la Ley de Contrabando. Notifíquese a las partes de la presente decisión. Regístrese. Cúmplase.