Se declaro INADMISIBLE el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por el abogado ARNALDO ZAVARSE PEREZ, actuando con el carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil "OPERADORA DE ALIMENTOS VALENCIA, C.A."; contra el acto administrativo contenido en la Providencia Administrativa Nº 419, emanada por la INSPECTORÍA DEL TRABAJO DE LOS MUNICIPIOS AUTÓNOMOS VALENCIA, LIBERTADOR, SAN DIEGO, NAGUANAGUA, LOS GUAYOS, CARLOS ARVELO, BEJUMA, MONTALBÁN Y MIRANDA DEL ESTADO CARABOBO, a tenor de lo previsto por el artículo 21, parágrafo 20 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia.