En la presente acción de amparo constitucional esta Corte declaró: 1. Su COMPETENCIA para conocer del recurso de apelación ejercido en fecha 7/12/2010, por el Apoderado Judicial de la Sociedad Mercantil C.A. TRANSPORTE SAHERCO, contra la sentencia dictada en fecha 6/12/2010, por el Juzgado Superior de lo Contencioso Administrativo del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar, que declaró Con Lugar la acción de amparo constitucional interpuesta por el ciudadano MARIO ZUCCATO ESTARELLA, contra la referida empresa, 2. SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido y 3. CONFIRMA el fallo apelado.