DECISIÓN
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Superior Décimo de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1.- Se INADMITE in limine litis el amparo constitucional ejercido por los ciudadanos Pablo Antonio Rodríguez, Meudis Alicia Reyes Fernández, Patricia Urrea de Matute y César Enrique Valera Molina, antes identificados, por no ser la vía idónea para el reestablecimiento de la situación jurídica aducida como infringida.
Publíquese y regístrese.
Dada, firmada y sellada en el Despacho del Tribunal Superior Décimo de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital con sede en Caracas, a los doce (12) días mes de julio del año dos mil trece (2013). Años 203° de la Independencia y 154° de la Federación.-
EL JUEZ,
ALÍ ALBERTO GAMBOA GARCÍA
LA SECRETARIA
YOIDEE NADALES
En esta misma fecha, siendo las tres y quince post meridiem (3:15 pm.), .....