este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, en decisión de la Juez Nº 2, Sala de Juicio, sede Cumaná, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda por LA OBLIGACIÓN ALIMENTARIA, intentada por la ciudadana: BEATRIZ DEL VALLE CARVAJAL MARCANO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-8.427.355, contra el ciudadano: ARMANDO JOSE ALEMAN HIDALGO, venezolano mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-3.872.299