Este TRIBUNAL QUINTO DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE ESTADO CARABOBO, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, Declara CON LUGAR la solicitud de "UNICOS HEREDEROS UNIVERSALES" y en consecuencia declara conforme a los autos, a los ciudadanos LEISLA COROMOTO, LISBETH CECILIA, JOSCAR DAVID y LILIANA JOSEFINA, todos de apellidos RIVERO HERNANDEZ, venezolanos, solteros, mayores de edad, hábiles en derecho, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-8.786.450, V-8.632.061, V-15.334.721 y V-8.632.060 respectivamente, de este domicilio, como "UNICOS HEREDEROS UNIVERSALES" del difunto OSWALDO RAFAEL RIVERO ALVAREZ, venezolano, mayor de edad, soltero, identificado con la cédula de identidad Nro. V-1.479.789, quien falleció ab-intestato, en San Juan de los Morros, estado Guárico, en fecha 02/05/2.010, según consta del Acta de Defunción la cual se encuentra a.....