Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Superior Noveno en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Exequátur, efectuada por la abogada MARY ISABEL CARMONA, en su carácter de apoderada judicial del ciudadano EDGAR EDESIO VASQUEZ LEON.
SEGUNDO: Se le CONCEDE FUERZA EJECUTORIA EN EL PAÍS, a la sentencia de divorcio proferida en fecha 19 de Abril de 2012, por el Tribunal del Distrito del Décimo Primer Circuito Judicial en y para el Condado de Miami Dade, Florida, relativo al matrimonio que contrajeron los ciudadanos EDGAR EDESIO VASQUEZ LEON y LIDY CHIQUINQUIRA HERNANDEZ PEREZ (identificados en el encabezado de la decisión).
TERCERO: Se ordena oficiar a la Oficina Nacional de Registro Civil del Consejo Nacional Electoral (CNE), a fin de remitir copia certificada del presente fallo para su i.....