Ahora bien, cumplidos como han sido los demás tramites de ley y verificados los requisitos anteriores, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, emite los siguientes pronunciamientos: UNICO: Se declara SIN LUGAR la acción de Amparo Constitucional interpuesta por los ciudadanos Abogados OSCAR TRIANA y JOSÉ ALEJANDRO RIVERO RIVERO, en su carácter de defensores del ciudadano EDWIN DANIEL HERNÁNDEZ, contra la decisión dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, extensión Puerto Cabello, en fecha 20-09-2007 motivada en fecha 21-09-2007, representada por el Juez Abg. NEPTALI BARRIOS BENCOMO.