Se dictó SENTENCIA INTERLOCUTORIA, mediante la cual se declaró SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto en fecha 09 de abril de 2001, por el abogado Zalg Salvador Abi Hassan, en su condición de apoderado judicial de la parte demandante, contra la sentencia interlocutoria dictada en fecha 04 de abril de 2001, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del estado Lara. Quedó así CONFIRMADA la decisión dictada en fecha 04 de abril de 2001, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del estado Lara. Se condenó en costas a la parte apelante de conformidad con lo dispuesto en el artículo 281 del Código de Procedimiento Civil.