DISPOSITIVO
Por los fundamentos expuestos, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara en el juicio de REIVINDICACIÓN seguido por el ciudadano WAYDI ALI DALUL ABBAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V.-8.700.060, en contra del ciudadano JOSÉ RUPERTO VALERA CONTRERAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V.-10.311.133, y la Asociación Civil IGLESIA PODER DE DIOS, AMÓ DIOS AL MUNDO:
PRIMERO: SE NIEGA el decreto de la MEDIDA PREVENTIVA DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR y de la MEDIDA PREVENTIVA DE LA ANOTACIÓN DE LA DEMANDA O LITIS solicitada por la parte demandada en el escrito de solicitud de medidas presentado en fecha veintitrés (23) de Octubre del año dos mil veinticinco (2025), y se niega las consecuentes parti.....