Este Tribunal de Control No.6 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: ACUERDA MEDIDAS DE PROTECCIÓN POLICIAL, A los fines de salvaguardar la integridad física de la víctima DEIVIS JOSE ARROYO COLMENAREZ, titular de la cedula V-14.750.992, de este domicilio, residenciado en la Avenida 4, sector 1 entre calles 7 y 9, casa N° 89, de la Carucieña, de Barquisimeto Estado Lara y para su familia, de conformidad con lo establecido en el último aparte del artículo 55 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y el Artículo 23 del Código Orgánico Procesal Penal.