Por todas las consideraciones anteriormente expuestas, este JUZGADO QUINTO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda en el juicio que por EXTINCION DE HIPOTECA fue intentada por la ciudadana ROSA ANTONIA PAZ DE SÁNCHEZ, contra los HEREDEROS DESCONOCID0S DEL FINADO RUBEN DE JESÚS MORILLO RINCÓN, según lo invocado en el escrito libelar. En consecuencia, se declara extinguida la hipoteca de primer grado constituida por el ciudadano ATENODORO GUERRERO MEDINA, a favor del ciudadano RUBEN DE JESUS MORILLO RINCÓN, registrada por ante la Oficina Subalterna del Primer Circuito de Registro del Distrito Maracaibo del Estado Zulia, de fecha 11 de julio de 1968, folios 30 al 32, anotada bajo el N° 13, Protocolo 1°, Tomo 5, que pesa sobre el inmueble que adquirió de la ciudadana LUCIA .....