DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expresados, este Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, en funciones de Juicio Nº 3, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ABSUELVE al ciudadano JOSE ALEXANDER MOGOLLON, anteriormente identificado, por el delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO, previsto y sancionado en el ordinal 1º del artículo 408 en concordancia con el artículo 407 del Código Penal Vigente para el momento de ocurrencia de los hechos, por no haberse demostrado su responsabilidad penal, sobre el hecho que le imputara el Ministerio Público, afirmándose así, su presunción de inocencia. Sentencia Absolutoria que se dicta de conformidad con lo establecido en el artículo 366 del Código orgánico Procesal Penal.