Este Juzgado Séptimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en la pretensión que por EJECUCIÓN DE HIPOTECA incoara ORIENTE ENTIDAD DE AHORRO Y PRÉSTAMO, C.A, hoy día (Del Sur Entidad de Ahorro y Préstamo C.A) contra GIUSEPPE FERRARI FERRARI e INÉS JOSEFINA AGUILERA DE FERRARI, DECLARA: La extinción de la obligación de conformidad con lo establecido en el artículo 1283 del Código Civil.-