En fecha 13 de enero de 2026, este juzgado dictó decisión mediante la cual declaró: "(...) 1.- COMPETENTE al Juzgado Nacional Primero Contencioso Administrativo de la Región Capital para conocer y decidir la presente demanda por cumplimiento de contrato ejercida conjuntamente con medidas preventivas de embargo y prohibición de enajenar y gravar, por la empresa de capital nacional del Estado venezolano BANCO DEL TESORO, BANCO UNIVERSAL, C.A. en contra de la sociedad mercantil POLLO PLUS, C.A.; 2.- ADMITE la referida demanda; 3.- ORDENA las notificaciones de la PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA, de conformidad con lo establecido en el artículo 108 del Decreto con Fuerza de Ley Orgánica que rige su Funciones y del MINISTERIO DEL PODER POPULAR DE ECONOMÍA Y FINANZAS, al SUPERINTENDENTE DE LAS INSTITUCIONES DEL SECTOR BANCARIO (SUDEBAN); 4.- EMPLÁCESE a la sociedad mercantil POLLO PLUS, C.A., y la ciudadana DANIELA CAROLINA TAPIA GUERRERO; 5.- ORDENA comisionar amplia y suficientemente a.....