Este Juzgado Superior Segundo del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la abogado MAGALY MUÑOZ, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada, contra la decisión dictada por el Juzgado Primero Primera Instancia de Sustanciación, Mediación, y Ejecución del Trabajo, en fecha 28 de octubre de 2005, que declaró la presunción de los hechos prevista en el Artículo 131 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y ordenando agregar las pruebas al expediente y su remisión a los Juzgados de Juicio.
SEGUNDO: Se ordena remitir el presente expediente al juzgado Primero de Primera instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de este Circuito Judicial para que una vez recibido proceda a librar oficio de remisión a los Juzgados de Juicio.
TERCERO: Se condena en costas.....