Este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, CON SEDE EN VALENCIA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara de conformidad a lo establecido en el artìculo 60 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, se declara: El DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO, en el RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE NULIDAD interpuesto por la entidad de trabajo OCEANO INTERNACIONAL, C.A. contra la Providencia Administrativa No. 567-2011 de fecha 21 de diciembre de 2011 que emana de la Inspectoría del Trabajo "Batalla de Vigirima" de los Municipios Guacara, San Joaquín, Diego Ibarra y Los Guayos del Estado Carabobo.