SOBRESEE LA PRESENTE CAUSA, seguida al ciudadano JARBY ANTONIO TOVAR DIAZ; Venezolano, natural de Valencia, Estado Carabobo, hijo de Maria Eugenia Díaz Lara y Remigio Antonio Tovar, titular de la cédula de identidad N° 16.053.791, en virtud de encontrarse extinguida la acción penal por muerte del acusado. Todo de conformidad al artículo 318 ordinal 3° en concordancia con el artículo 48 ordinal 1° ambos del Código Orgánico Procesal Penal.-