DISPOSITIVA
En razón de las consideraciones anteriores, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en funciones de Ejecución de la Sección Penal de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, de conformidad con los artículos 622, 645, 646 y 647, de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, Resuelve: cesar la Medida de Semi Libertad, impuesta al joven SE OMITE IDENTIDAD venezolano, titular de la Cédula de identidad Nº SE OMITE, nacido en Caracas, en fecha SE OMITE, hijo de SE OMITE IDENTIDAD, por cumplimiento efectivo de la misma. ASI SE DECIDE. Dictada en horas de audiencia, en Caracas, a los trece días del mes de Mayo de dos mil nueve. Años 198° de la Independencia y 150° de la Federación.
Regístrese, Diarícese y Publíquese.
LA JUEZA
DRA. ADDA MARITZA BAEZ
LA SECRETA.....