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Decisiones del dia 13/05/2009

Formato:  Ficha  Lista

Paginas [-10] Ant 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 Sig [+10] [Total de sentencias: 228] Página 14 de 23
N° Expediente : KP02-S-2009-3545 N° Sentencia : Fecha: 13/05/2009
Procedimiento:
Titulo Supletorio
Partes:
MARIA AUXILIADORA CORRO CORTEZ
Resumen:
Este Tribunal considera que de la justificación aludida conforme a las testimoniales rendidas por los testigos suficientemente identificados en autos, se evidencia claramente las pretensiones y fundamentos de la solicitante y procediendo de conformidad con el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara bastante y suficiente la justificación evacuada para asegurar el derecho de propiedad y posesión a favor del ciudadano (a) MARIA AUXILIADORA CORRO CORTEZ, sobre unas mejoras o bienhechurías ubicadas en: CALLE 44 ENTRE CARRERAS 31 Y 32, PARROQUIA CONCEPCIÒN, MUNICIPIO IRIBARREN DEL ESTADO LARA, y alinderada así: NORTE: Colinda con la ocupación de la Sra. Carmen Corro, mide 10,70 metros; SUR: Colinda con la Sra. Maria Mendoza , mide 22,75 metros; ESTE: Colinda con la ocupación del Sr. Héctor Calbetti, mide 31,75 metros y OESTE: Colinda con la ocupación de la Sra. Gladis León, mide 20,15 metros. Dejando a salvo los derechos de terceras personas.
Juez/Ponente:
Harold Rafael Paredes Bracamonte
Organo:
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito
arriba

N° Expediente : KP02-S-2009-3702 N° Sentencia : Fecha: 13/05/2009
Procedimiento:
Titulo Supletorio
Partes:
PETRONA VERONICA QUERALES
Resumen:
Este Tribunal considera que de la justificación aludida conforme a las testimoniales rendidas por los testigos suficientemente identificados en autos, se evidencia claramente las pretensiones y fundamentos del solicitante y procediendo de conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara bastante y suficiente la justificación evacuada para asegurar el derecho de propiedad y posesión a favor de la ciudadana PETRONA VERONICA QUERALES, sobre unas mejoras o bienhechurias ubicadas en: LA CALLE PIRNCIPAL DEL SECTOR GUADALUPE, DEL BARRIO EL CORIANO II, PARROQUIA JUAN DE VILLEGAS DEL MUNICIPIO IRIBARREN DEL ESTADO LARA; con los siguientes linderos: NORTE: en línea de 18.25 mts con terrenos ocupados por Benito Pimentel; SUR: en línea de 9.30 mts y 12.70 mts con la calle principal del sector Guadalupe que es su frente; ESTE: en línea de 25.50 mts con la quebrada y OESTE: en línea de 26.00 mts con terrenos ocupados. Dejando a salvo los derechos de terceras personas. Devué.....
Juez/Ponente:
Harold Rafael Paredes Bracamonte
Organo:
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito
arriba

N° Expediente : KP02-S-2006-21507 N° Sentencia : Fecha: 13/05/2009
Procedimiento:
Titulo Supletorio
Partes:
YARITZA MARÍA YAJURE VASQUEZ
Resumen:
Por ello y conforme al Artículo 267 en su encabezamiento, en concordancia con el artículo 269 ambos del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal administrando Justicia en nombre de la Republica y por autoridad de la ley DECLARA PERIMIDA LA PRESENTE CAUSA. Se acuerda por tanto la remisión del presente expediente al Archivo Judicial a los fines de su resguardo, en ( ) folios útiles. Désele salida. La presente Sentencia quedara definitivamente firme, una vez conste en autos la notificación de la parte.
Juez/Ponente:
Harold Rafael Paredes Bracamonte
Organo:
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito
arriba

N° Expediente : KP02-S-2009-4521 N° Sentencia : Fecha: 13/05/2009
Procedimiento:
Titulo Supletorio
Partes:
YULIMAR COROMOTO ESCOBAR GARCIA
Resumen:
Este Tribunal considera que de la justificación aludida conforme a las testimoniales rendidas por los testigos suficientemente identificados en autos, se evidencia claramente las pretensiones y fundamentos del solicitante y procediendo de conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara bastante y suficiente la justificación evacuada para asegurar el derecho de propiedad y posesión a favor de la ciudadana YULIMAR COROMOTO ESCOBAR GARCIA, antes identificada sobre unas mejoras o bienhechurias ubicadas en: La carrera 3 entre veredas 2 y 3, manzana BE, Nro. BE-32, Vila Guadalupe, Parroquia Juan de Villegas, Municipio Iribarren del Edo. Lara, con los siguientes linderos: NORTE: En línea de 17 mts. con la carrera 3 que es su frente; SUR: En línea de 14 mts. con la señora Ocdulia Suarez; ESTE: En línea de 17 mts. con la señora Zaida Pérez y OESTE: En línea de 14 mts. con el señor Wilker Sánchez. Dejando a salvo los derechos de terceras personas. Devuélvanse originale.....
Juez/Ponente:
Harold Rafael Paredes Bracamonte
Organo:
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito
arriba

N° Expediente : KP02-S-2006-21502 N° Sentencia : Fecha: 13/05/2009
Procedimiento:
Titulo Supletorio
Partes:
ZULAY DEL CARMEN BENITEZ BENITEZ
Resumen:
Por ello y conforme al Artículo 267 en su encabezamiento, en concordancia con el artículo 269 ambos del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal administrando Justicia en nombre de la Republica y por autoridad de la ley DECLARA PERIMIDA LA PRESENTE CAUSA. Se acuerda por tanto la remisión del presente expediente al Archivo Judicial a los fines de su resguardo, en ( ) folios útiles. Désele salida. La presente Sentencia quedara definitivamente firme, una vez conste en autos la notificación de la parte.
Juez/Ponente:
Harold Rafael Paredes Bracamonte
Organo:
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito
arriba

N° Expediente : KP02-S-2008-15624 N° Sentencia : Fecha: 13/05/2009
Procedimiento:
Titulo Supletorio
Partes:
CRISTOBAL ESCALONA
Resumen:
Este Tribunal considera que de la justificación aludida conforme a las testimoniales rendidas por los testigos suficientemente identificados en autos, se evidencia claramente las pretensiones y fundamentos del solicitante y procediendo de conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara bastante y suficiente la justificación evacuada para asegurar el derecho de propiedad y posesión a favor de el ciudadano CRISTOBAL ESCALONA, sobre unas mejoras o bienhechurias ubicadas en: EL SECTOR "COLINAS DE VALLE BLANCO", FINAL CALLE PRINCIPAL, PARROQUIA HUMOCARO BAJO, MUNICIPIO MORAN DEL ESTADO LARA; con los siguientes linderos: NORTE: en línea recta de 28.50 mts, con terrenos ocupados por Maxer Alvarado; SUR: en línea recta de 28.50 mts con terrenos ocupados por Simón Aguilar; ESTE: en línea recta de 15.00 mts con calle sin numero que es su frente y OESTE: en línea de 15.00 mts con calle sin numero, que es su frente. Dejando a salvo los derechos de terceras personas. Devu.....
Juez/Ponente:
Harold Rafael Paredes Bracamonte
Organo:
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito
arriba

N° Expediente : KP02-S-2009-782 N° Sentencia : Fecha: 13/05/2009
Procedimiento:
Titulo Supletorio
Partes:
ZULEIMA RODRÍGUEZ SANCHEZ
Resumen:
Este Tribunal considera que de la justificación aludida conforme a las testimoniales rendidas por los testigos suficientemente identificados en autos, se evidencia claramente las pretensiones y fundamentos de la solicitante y procediendo de conformidad con el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara bastante y suficiente la justificación evacuada para asegurar el derecho de propiedad y posesión a favor del ciudadano (a) ZULEIMA RODRIGUEZ SANCHEZ, sobre unas mejoras o bienhechurías ubicadas en: BARRIO BRISAS DEL TURBIO I, CALLE LA PORFIADA, CASA Nº 6, PARROQUIA JUAN DE VILLEGAS, MUNICIPIO IRIBARREN DEL ESTADO LARA, y alinderada así: NORTE: En linea de 24,00 mts. con calle La Porfiada; SUR: En linea de 12,5 mts. con terrenos ocupados por el Sr. Ramón Perdomo; ESTE: En linea de 21,00 mts. con terrenos ocupados por Lisbeth Martinez y OESTE: En linea de 12,5 mts. con terrenos ocupados por el Sr. Ramón Perdomo. Dejando a salvo los derechos de terceras personas.
Juez/Ponente:
Harold Rafael Paredes Bracamonte
Organo:
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito
arriba

N° Expediente : KP02-S-2006-22074 N° Sentencia : Fecha: 13/05/2009
Procedimiento:
Titulo Supletorio
Partes:
JOSÉ VARGAS
Resumen:
Por ello y conforme al Artículo 267 en su encabezamiento, en concordancia con el artículo 269 ambos del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal administrando Justicia en nombre de la Republica y por autoridad de la ley DECLARA PERIMIDA LA PRESENTE CAUSA. Se acuerda por tanto la remisión del presente expediente al Archivo Judicial a los fines de su resguardo, en ( ) folios útiles. Désele salida. La presente Sentencia quedara definitivamente firme, una vez conste en autos la notificación de la parte.
Juez/Ponente:
Harold Rafael Paredes Bracamonte
Organo:
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito
arriba

N° Expediente : KP02-S-2009-4479 N° Sentencia : Fecha: 13/05/2009
Procedimiento:
Titulo Supletorio
Partes:
WILEIDA NOHEMI GALINDEZ SILVA
Resumen:
Este Tribunal considera que de la justificación aludida conforme a las testimoniales rendidas por los testigos suficientemente identificados en autos, se evidencia claramente las pretensiones y fundamentos del solicitante y procediendo de conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara bastante y suficiente la justificación evacuada para asegurar el derecho de propiedad y posesión a favor de la ciudadana WILEIDA NOHEMI GALINDEZ SILVA, sobre unas mejoras o bienhechurias ubicadas en: EL SECTOR LOS PLAYONES DE GUAMACIRE, SECTOR II, VIA LAS TORRES, PARROQUIA CATEDRAL DEL MUNICIPIO IRIBARREN DEL ESTADO LARA; con los siguientes linderos: NORTE: en línea de 20 mts con terrenos ocupados por la ciudadana Isabel Moreno; SUR: en línea de 10 metros (10 mts) con terrenos ocupados por el ciudadano Gilberto Pineda, que es su frente; ESTE: en línea de cuarenta y dos metros (42 mts) con terrenos ocupados por el ciudadano Darwin Bravo y OESTE: en línea de cuarenta y dos metros.....
Juez/Ponente:
Harold Rafael Paredes Bracamonte
Organo:
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito
arriba

N° Expediente : KP02-S-2009-4108 N° Sentencia : Fecha: 13/05/2009
Procedimiento:
Titulo Supletorio
Partes:
ADRIANA ELIZA MORENO MORALES
Resumen:
Este Tribunal considera que de la justificación aludida conforme a las testimoniales rendidas por los testigos suficientemente identificados en autos, se evidencia claramente las pretensiones y fundamentos del solicitante y procediendo de conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara bastante y suficiente la justificación evacuada para asegurar el derecho de propiedad y posesión a favor de la ciudadana ADRIANA ELIZA MORENO MORALES, sobre unas mejoras o bienhechurias ubicadas en: EL BARRIO EL CARIBE II, CALLE LA CAPILLA CASA S/N DE LA CUAL INDICO COMO PUNTO DE REFERENCIA ESTA SITUADA A 50 MTS DE LA CAPILLA, PARROQUIA JUAN DE VILLEGAS DEL MUNICIPIO IRIBARREN DEL ESTADO LARA; con los siguientes linderos: NORTE: con la calle 3, que es su frente; SUR: con vivienda de la Sra. Judith Rodríguez; ESTE: con vivienda del Sr. Nino Vargas y OESTE: con vivienda de la Sra. Noris Torin. Dejando a salvo los derechos de terceras personas. Devuélvanse originales con sus resul.....
Juez/Ponente:
Harold Rafael Paredes Bracamonte
Organo:
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito
arriba

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