Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal en Función de Juicio Sección Adolescentes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda al Adolescente IDENTIDAD OMITIDA, la sustitución de la Medida de Prisión Preventiva, por la contenida en el articulo 582 literal "b" de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y de Adolescentes, como lo es PERMANECER BAJO EL CUIDADO Y VIGILANCIA DEL CENTRO SOCIO EDUCATIVO DR. PABLO HERRERA CAMPINS, hasta la fecha 26 de Mayo de 2010, en que tendrá lugar audiencia de Juicio Oral y Privado, en la que se decidirá si se mantiene o no dicha medida, conforme a criterios del Tribunal Supremo de Justicia, que establece que los Jueces independientemente de la Fase que conozcan tienen el Poder Jurisdiccional Cautelar para garantizar las finalidades del proceso, que no es otro que hacer justicia. Así se decide. Publíquese y Regístrese. Notifíquese a las partes y líbrese oficio al referi.....