Este Tribunal 1° de Juicio, declaró SIN LUGAR la demanda de Colocación Familiar, incoada por los ciudadanos JACKELINE JOSEFINA MORLE PRADO y JUAN CARLOS RODRÍGUEZ RUIZ, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nro. V-10.792.397 y V-6.209.497, respectivamente, contra la adolescente (Se omiten los datos de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la LEY Orgánica para la Protección del Niño Niña y Adolescentes) , a favor del niño (Se omiten los datos de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la LEY Orgánica para la Protección del Niño Niña y Adolescentes), de conformidad con lo establecido en el Artículo 396 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.-