Por la motivación que antecede, este Juzgado Superior Tercero en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR, el Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad, incoado por el abogado CARLOS TINOCO RANGEL, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 51.859, actuando en su carácter de apoderado judicial de la FUNDACIÓN CARACAS, (FUNDACARACAS), contra la Providencia N° 116-01 de fecha 10 de mayo de 2001, dictada por la INSPECTORIA DEL TRABAJO EN EL DISTRITO FEDERAL (HOY DISTRITO CAPITAL), MUNICIPIO LIBERTADOR. En consecuencia:
PRIMERO: Se declara la nulidad de la Providencia Administrativa N° 116-01 de fecha 10 de mayo de 2001, dictada por la Inspectoria del Trabajo en el Distrito Federal (hoy Distrito Capital), Municipio Bolivariano Libertador.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE y NOTIFÍQUESE.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Super.....