- IV -
PARTE DISPOSITIVA
En razón de todos los argumento de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la oposición cautelar formulada por la representación judicial de la parte demandada, sociedad mercantil "HISPANO VENEZOLANO DE PERFORACIÓN, C.A.".
SEGUNDO: Como consecuencia de lo anterior, se revoca parcialmente la cautelar decretada, única y exclusivamente en lo que respecta a la orden impuesta a todos los accionistas de la sociedad mercantil "HISPANO VENEZOLANO DE PERFORACIÓN, C.A.", de abstenerse de ejecutar cualquier acto de disposición sobre cualquiera de los bienes propiedad de la sociedad mercantil "HISPANO VENEZOLANO DE PERFORACIÓN, C.A.", mientras dure este juicio. (Punto "SEGUNDO", ubicado en la página 7 .....