En mérito de los razonamientos antes expuestos este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta sentencia en los siguientes términos:
PRIMERO: declara SIN LUGAR el INTERDICTO DE DESPOJO incoado por la ciudadana ELIZABETH DUQUE CHIRINOS, asistida por el abogado en ejercicio GREDDY EDUARDO ROSAS CASTILLO contra los ciudadanos MARBELLA MORALES y MIGUEL ARANGUREN, todos plenamente identificados en autos.
SEGUNDO: REVOCA en todas sus partes la Medida de Secuestro practicada en el inmueble una parcela de terreno para uso de vivienda ubicada en la Avenida Principal Francisco Tamayo, Sector la Urb. Ruiz Pineda II, Parroquia Juan de Villegas, Municipio Iribarren del Estado Lara, distinguida con el Numero Catastral Nro. 226-0073.001, por el Juzgado Tercero Ejecutor de Medidas de los Municipios Iribarren, Crespo .....