En consecuencia este Juzgado vista que la transacción presentada, no vulnera normas de orden público ni derechos irrenunciables de los trabajadores, la homologa en lo que respecta a la reclamación que por cobro de diferencia de prestaciones sociales incoara la ciudadana ZULEIMA YUSBELIZ VASQUEZ SALCEDO contra BANESCO, BANCO UNIVERSAL, y al acuerdo que en relación a estas llegaron, dándole efecto de cosa juzgada. Se ordena expedir por Secretaría las copias certificadas solicitadas por las partes.
LA JUEZ
LA SECRETARIA
NEREIDA HERNÁNDEZ GONZÁLEZ MARIANDREA GONZÁLEZ