Revisadas exhaustivamente como han sido las actas que conforman la presente causa, vista la solicitud de Medida Provisional de Obligación de Manutención, realizada por la ciudadana YENNY SOFIA MENDOZA GOMEZ, en el libelo de la demanda, en beneficio de sus hijos, siendo ratificada la solicitud en diligencia suscrita por la misma, asistida por la Defensora Pública Tercera del Sistema de Protección, Abg. Carmen Hernández; esta juzgadora en aras de garantizar y salvaguardar los derechos e intereses de los beneficiarios de autos respecto a la manutención la cual comprende todo lo indispensable para el desarrollo integral de todo niño, niña y adolescente y que engloba todo lo referente al sustento, vestido, habitación, educación cultura, asistencia y atención médica, medicinas, recreación y deportes que requieren los niños y adolescentes, y de conformidad con lo establecido en el artículo 521 de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente en concordancia con lo estipulado e.....