La Corte declaró Su COMPETENCIA para conocer de la Consulta de Ley planteada por el Juzgado a-quo de la sentencia dictada en fecha 5 de julio de 2008, la cual declaró PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto; REVOCA el fallo consultado y SIN LUGAR el recurso contencioso administrativo de funcionarial interpuesto. 02