declara: PRIMERO: SIN LUGAR LA CUESTIÓN PREVIA, contenida en el ordinal 4° del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, opuesta por el abogado RAFAEL E. COLMENARES Z., ....., SEGUNDO: SIN LUGAR LA DEMANDA intentada por la ciudadana SILVIA ROSA GHERSI DE CAMACHO de nacionalidad uruguaya, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. E.- 81.710.925 y de este domicilio, debidamente asistida por la abogado ELIZABETH ACOSTA DE HOSPEDALES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 4.350.047, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado (I.P.S.A.) bajo el Nro. 55.285, por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, contra la sociedad de comercio LA COLMENA S.R.L., inscrita el 07 de febrero de 1985, por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, bajo el Nro. 20, tomo 187-A y el ciudadano MIGUEL CAMARAN CORSO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 12.035.284 y de este do.....