Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Superior Noveno en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de exequátur, efectuada por los ciudadanos DAYANA MAILYN FERNÁNDEZ FLORES y LAURENT FREDERIC BOCQUET, ambos suficientemente identificados en el encabezado de la presente decisión.
SEGUNDO: Se le CONCEDE FUERZA EJECUTORIA EN EL PAÍS, a la sentencia de divorcio proferida en fecha 12 de septiembre de 2013, por el Tribunal de Primera Instancia, Cámara 12ava de la República y Cantón de Ginebra, juez PIERRE-YVES MAURON, relativo al matrimonio que contrajeron los ciudadanos DAYANA MAILYN FERNÁNDEZ FLORES y LAURENT FREDERIC BOCQUET.
TERCERO: Se ordena a Oficina de Registro Civil de la Parroquia El Valle del Municipio Libertador y a la Oficina Nacional de Registro Civil del Consejo Nacional Electoral (.....