DECLARA CULPABLE al adolescente: "OMISIS", venezolano, de 17 años, de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 18.585.788, nació en fecha: 12/02/89, oficio obrero, hijo de José Luis Vicent y Arelis Luces residenciado en Calle Boyacá, casa N° 40, Municipio Valdez, Guiria Estado Sucre por la comisión de los delitos de: POSESIÓN ILÍCITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, y PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previstos y sancionados en los artículos 34 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, vigentes para la época en que ocurrió el hecho, en perjuicio de LA COLECTIVIDAD; en consecuencia lo sanciona con las medidas de LIBARTAD ASISTIDA, por el lapso de dos (02) años, de conformidad con lo previsto en el articulo 626 y 620, literal "d" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en concordancia con el articulo 621 Ejusdem y 622 ibidem, la cual considera este Tribunal que es la mas racional.....