Por las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Superior Noveno en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, actuando como Tribunal de Alzada, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Se declara SIN LUGAR la apelación interpuesta en fecha 28 de febrero de 2003, por el abogado Néstor Gustavo Quintero Moncada, co-apoderado judicial de la parte Tercera interesada apelante, contra el auto dictado en fecha 19 del referido mes y año, por el Juzgado Sexto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. En consecuencia, SE CONFIRMA en todos y cada uno de sus términos el referido auto de fecha 19/02/2003, que cursa en copia certificada al folio 57, de la 1era., pieza del presente expediente de apelación.
SEGUNDO: De conformidad con lo establecido en el artículo 281.....