Por lo antes expresado este JUZGADO SUPERIOR NOVENO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, declara: PRIMERO: INADMISIBLE EL RECURSO DE APELACION ejercido por el ciudadano YOUSSEF WASSOUF, debidamente asistido por el abogado IBRAHIM QUINTERO, parte accionada en este juicio, contra la decisión dictada el 22-10-2009, por el Juzgado Vigésimo Segundo de Municipio de esta Circunscripción Judicial. SEGUNDO: SE REVOCA el auto dictado por el citado Juzgado de fecha 13-05-2010, en el cual oye la apelación ejercida en la presente causa. TERCERO: No hay especial condenatoria en costas, dada la naturaleza del fallo.
Publíquese, regístrese, diarícese y remítase el expediente en la oportunidad correspondiente.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Noveno en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripció.....