III
Sobre la base a las consideraciones que anteceden, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DEL CIRCUITO JUDICIAL CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DEL ESTADO CARABOBO, EXTENSION PUERTO CABELLO, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda de partición del bien constituido por un inmueble consistente en una parcela de terreno y la casa sobre ellas construida ubicada en el sector 03, vereda 34, casa número 12 de la urbanización "Cumboto II", jurisdicción de la Parroquia Goaigoaza, Municipio Puerto Cabello del Estado Carabobo, el cual tiene una superficie de Doscientos metros cuadrados (200 Mts. 2) y sus linderos particulares son: NORTE: Con terrenos de INAVI con una distancia de Veinte metros (20 mts.), SUR: con la casa número 10 de la vereda 34, con una distancia de veinte metros (20 mts.), ESTE: con la casa número 11 de la vereda 32, con una distancia de Diez metros (10 mts.) y OESTE: c.....