Por las razones antes expuestas este Juzgado Primero de los Municipios Guacara y San Joaquín de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente solicitud de DIVORCIO, formulada por los ciudadanos: CRUZ MARIA RODRIGUEZ MAZZA y NORYS MAGLENE CHIRINOS GONZALEZ, debidamente identificados en autos, con fundamento en el artículo 185-A del Código Civil vigente. En consecuencia se DISUELVE el vínculo Matrimonial contraído por ellos, en fecha Veinticinco (25) de junio de 2003, contrajeron matrimonio por ante el Registro Civil de la Parroquia Ciudad Alianza, del Municipio Guacara del Estado Carabobo, y que según consta en acta levantada bajo el número 35, Folio 35, Tomo I, del Libro de Registro Civil de Matrimonios, emitida por el referido Registro Civil.
En cuanto a la liquidación de los bienes de la comunidad de gananciales, los mismos serán liquidados por se.....