Por las razones antes expuestas, es por lo que, este Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Torres de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio fundamentada en lo establecido en el artículo 185-A del Código Civil, realizada por la ciudadana SEMADAL DE JESUS MONTES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-9.631.577, contra el ciudadano EDGAR ENRIQUE ARROYO QUERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-5.937.152. En consecuencia, SE DECLARA DISUELTO el vínculo conyugal existente entre los mencionados ciudadanos, el cual contrajeron ante el Registro Civil de la Parroquia Chiquinquira del Municipio G/D Pedro León Torres del Estado Lara, en fecha 13 de Junio de 1983, acta Nº 53, asentada en los Libros de Registro Civil de Matrimonios llevados ante ese Despac.....