El Tribunal Superior Primero de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara EXTINGUIDA LA ACCIÓN por pérdida sobrevenida del interés procesal, del recurso contencioso tributario interpuesto por la contribuyente "SUCESIÓN DE CARMEN ZINGG DE MACHADO", contra el acta de reparo Nº DGAC-4-2-3-294 de fecha 26 de julio de 1990, emanada de la Dirección de Fiscalización y Exámen de Ingresos, Oficina de Exámen de Aduanas y otros Ingresos de la Contraloría General de la República, por concepto de impuestos sucesorales no liquidados y multa en materia de impuesto sobre sucesiones, donaciones y demás ramos conexos por un monto de Bs.F. 693,89.