En mérito de lo anterior, este Juzgado Superior Estadal Décimo de lo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Capital, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara CONSUMADA LA PERENCIÓN y EXTINGUIDA LA INSTANCIA en la acción de la querella funcionarial interpuesta por la ciudadana ALBA ROSA ARMAS HERNÁNDEZ, titular de la cédula de identidad N° 4.774.037, debidamente representada judicialmente por el abogado en ejercicio JOSÉ DEL CARMEN BLANCO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 92.943, contra el Acto Administrativo de Efectos Particulares de fecha 20 de junio de 2008 contenido en el oficio N° JVR-437-2008, suscrito por el ALCALDE DEL MUNICIPIO SUCRE DEL ESTADO MIRANDA.