Por los fundamentos antes expuestos, este TRIBUNAL OCTAVO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: INADMISIBLE la solicitud de Divorcio realizada por la ciudadana Ingrid Del Valle Acurero De Almarza, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 11.251.883, asistida por el abogado en ejercicio Arturo Alfredo Pierre Morrell, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 262.716, por falta de firma, de conformidad con la norma adjetiva civil.